Iglesia Católica y Mujer
Para el cristianismo la mujer no tuvo alma hasta el año 585, en el segundo sínodo de Macon, salvo la Virgen María, que siempre ha habido clases. Hasta 1215 (sesión 24 del Concilio de Letrán) el matrimonio católico no era ningún sacramento y hasta1563 (Concilio de Trento) el matrimonio no era ni monógamo ni indisoluble. La Iglesia Católica en España hasta el siglo 16 permitía no solo el aborto, sino el infanticidio hasta la primera semana de vida, que es cuando el neonato debía ser bautizado. Hasta entonces se suponía que no tenía alma. Con la expansión colonial y la abundancia de guerras de la época se optó por la prohibición del infanticidio dada la evidente necesidad de mano de obra y carne de cañón.
INDULGENCIAS
La Taxa Camarae es una tarifa promulgada en el año 1517 por el papa León X con el fin de vender indulgencias, eso es perdonar las culpas a todos cuantos pudiesen pagar unas buenas libras al pontífice. No había delito, por horrible que fuese, que no pudiese ser perdonado a cambio de dinero.
De sus 35 artículos, listamos un resumen de los abusos y crímenes contra las mujeres que se perdonaban pagando.
- Malos tratos a su mujer, 3 libras, 4 sueldos.
- Matar a tu mujer, 17 libras, 15 sueldos. + si es para casarse con otra, 32 libras, 9 sueldos.
- Pecado con mujer contra natura o de bestialidad, 219 libras, 15 sueldos.
- Desflorase a una virgen, 2 libras, 8 sueldos.
- Religiosa entregada a uno o más hombres simultánea o sucesivamente, 131 libras, 15 sueldos.
CONDENAS PAPALES
La Iglesia Católica se ha pasado toda su vida condenando cualquier progreso; aparte de las condenas más actuales del divorcio, el preservativo, el aborto, la homosexualidad, el
matrimonio gay y la investigación con embriones, aquí van unas cuantas menos conocidas:
Gregorio XVI, en 1834 condenó a la sociedad protectora de animales (no tienen alma) y los cubitos de hielo (terminarán fabricando sangre…) le siguió Pío IX, que después de establecer el dogma de la Infalibilidad del Papa, o sea de él mismo, condenó la anestesia (parirás con dolor) y el pararrayos (vienen del cielo). El siguiente, san Pío X, ya en el siglo
XX como era santo, prohibió el tango (por lascivo), las patatas (bajo tierra-infierno) y el tabaco, cosa que no hacen ahora, aunque en 2005 Joseph Ratzinger ya condenó a Harry
Potter.
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En el siglo XIX la Iglesia católica perdió a la clase obrera por colocarse al lado de los patronos y condenar las revoluciones que luchaban por una sociedad más justa.
En el siglo 20 perdieron a ls jóvenes e intelectuales por adoptar posturas filosóficas y culturales integristas y antimodernas. En este siglo XXI, si no abandonan la senda patriarcal perderán también a las mujeres.
Tomado de Cuerpos Feministas Laicos
Todo pecado tiene perdón: "Taxa Camarae"
(Fuente: Rodríguez, P. (1997). Mentiras fundamentales de la Iglesia católica. Barcelona: Ediciones B., Anexo, pp. 397-400)
Advertencia al lector: la autenticidad de este documento ha sido cuestionada y debe ser reputado como dudoso hasta que no se documente fehacientemente su posible veracidad o falsedad. De ser una falsificación, quizá sería contemporánea de León X o algo posterior. Ir a información detallada.
La Taxa Camarae es una tarifa promulgada, en el año 1517, por el papa León X (1513-1521) con el fin de vender indulgencias, eso es perdonar las culpas, a todos cuantos pudiesen pagar unas buenas libras al pontífice. Como veremos en la transcripción que seguirá, no había delito, por horrible que fuese, que no pudiese ser perdonado a cambio de dinero. León X declaró abierto el cielo para quienes, clérigos o laicos, hubiesen violado a niños y adultos, asesinado a uno o a varios, estafado a sus acreedores, abortado... pero tuviesen a bien el ser generosos con las arcas papales. Veamos sus treinta y cinco artículos:
1. El eclesiástico que incurriere en pecado carnal, ya sea con monjas, ya con primas, sobrinas o ahijadas suyas, ya, en fin, con otra mujer cualquiera, será absuelto, mediante el pago de 67 libras, 12 sueldos.
2. Si el eclesiástico, además del pecado de fornicación, pidiese ser absuelto del pecado contra natura o de bestialidad, debe pagar 219 libras, 15 sueldos. Mas si sólo hubiese cometido pecado contra natura con niños o con bestias y no con mujer, solamente pagará 131 libras, 15 sueldos.
3. El sacerdote que desflorase a una virgen, pagará 2 libras, 8 sueldos.
4. La religiosa que quisiera alcanzar la dignidad de abadesa después de haberse entregado a uno o más hombres simultánea o sucesivamente, ya dentro, ya fuera de su convento, pagará 131 libras, 15 sueldos.
5. Los sacerdotes que quisieran vivir en concubinato con sus parientes, pagarán 76 libras, 1 sueldo.
6. Para todo pecado de lujuria cometido por un laico, la absolución costará 27 libras, 1 sueldo; para los incestos se añadirán en conciencia 4 libras.
7. La mujer adúltera que pida absolución para estar libre de todo proceso y tener amplias dispensas para proseguir sus relaciones ilícitas, pagará al Papa 87 libras, 3 sueldos. En caso igual, el marido pagará igual suma; si hubiesen cometido incestos con sus hijos añadirán en conciencia 6 libras.
8. La absolución y la seguridad de no ser perseguidos por los crímenes de rapiña, robo o incendio, costará a los culpables 131 libras, 7 sueldos.
9. La absolución del simple asesinato cometido en la persona de un laico se fija en 15 libras, 4 sueldos, 3 dineros.
10. Si el asesino hubiese dado muerte a dos o más hombres en un mismo día, pagará como si hubiese asesinado a uno solo.
11. El marido que diese malos tratos a su mujer, pagará en las cajas de la cancillería 3 libras, 4 sueldos; si la matase, pagará 17 libras, 15 sueldos, y si la hubiese muerto para casarse con otra, pagará, además, 32 libras, 9 sueldos. Los que hubieren auxiliado al marido a cometer el crimen serán absueltos mediante el pago de 2 libras por cabeza.
12. El que ahogase a un hijo suyo, pagará 17 libras, 15 sueldos (o sea 2 libras más que por matar a un desconocido), y si lo mataren el padre y la madre con mutuo consentimiento, pagarán 27 libras, 1 sueldo por la absolución.
13. La mujer que destruyese a su propio hijo llevándole en sus entrañas y el padre que hubiese contribuido a la perpetración del crimen, pagarán 17 libras, 15 sueldos cada uno. El que facilitare el aborto de una criatura que no fuere su hijo, pagará 1 libra menos.
14. Por el asesinato de un hermano, una hermana, una madre o un padre, se pagarán 17 libras, 5 sueldos.
15. El que matase a un obispo o prelado de jerarquía superior, pagará 131 libras, 14 sueldos, 6 dineros.
16. Si el matador hubiese dado muerte a muchos sacerdotes en varias ocasiones, pagará 137 libras, 6 sueldos, por el primer asesinato, y la mitad por los siguientes.
17. El obispo u abad que cometiese homicidio por emboscada, por accidente o por necesidad, pagará, para alcanzar la absolución, 179 libras, 14 sueldos.
18. El que por anticipado quisiera comprar la absolución de todo homicidio accidental que pudiera cometer en lo venidero, pagará 168 libras, 15 sueldos.
19. El hereje que se convirtiese, pagará por su absolución 269 libras. El hijo de hereje quemado o ahorcado o ajusticiado en otra forma cualquiera, no podrá rehabilitarse sino mediante el pago de 218 libras, 16 sueldos, 9 dineros.
20. El eclesiástico que no pudiendo pagar sus deudas quisiera librarse de ser procesado por sus acreedores, entregará al Pontífice 17 libras, 8 sueldos, 6 dineros, y le será perdonada la deuda.
21. La licencia para poner puestos de venta de varios géneros bajo el pórtico de las iglesias, será concedida mediante el pago de 45 libras, 19 sueldos, 3 dineros.
22. El delito de contrabando y defraudación de los derechos del príncipe contará 87 libras, 3 dineros.
23. La ciudad que quisiera alcanzar para sus habitantes o bien para sus sacerdotes, frailes o monjas, licencia para comer carne y lacticinios en las épocas en que está prohibido, pagará 781 libras, 10 sueldos.
24. El monasterio que quisiere variar de regla y vivir con menor abstinencia que la que le estaba prescrita, pagará 146 libras, 5 sueldos.
25. El fraile que por su mejor conveniencia o gusto quisiere pasar la vida en una ermita con una mujer, entregará al tesoro pontificio 45 libras, 19 sueldos.
26. El apóstata vagabundo que quisiere vivir sin trabas, pagará igual cantidad por la absolución.
27. Igual cantidad pagarán los religiosos, así seculares como regulares, que quisieran viajar en trajes de laico.
28. El hijo bastardo de un cura que quiera ser preferido para desempeñar el curato de su padre, pagará 27 libras, 1 sueldo.
29. El bastardo que quisiere recibir órdenes sagradas y gozar beneficios, pagará 15 libras, 18 sueldos, 6 dineros.
30. El hijo de padres desconocidos que quiera entrar en las órdenes, pagará al tesoro pontificio 27 libras, 1 sueldo.
31. Los laicos contrahechos o deformes que quieran recibir órdenes sagradas y poseer beneficios, pagarán a la cancillería apostólica 58 libras, 2 sueldos.
32. Igual suma pagará el tuerto del ojo derecho; mas el tuerto del ojo izquierdo pagará al Papa 10 libras, 7 sueldos. Los bizcos pagarán 45 libras, 3 sueldos.
33. Los eunucos que quisieran entrar en las órdenes, pagarán la cantidad de 310 libras, 15 sueldos.
34. El que por simonía quisiera adquirir uno o muchos beneficios, se dirigirá a los tesoreros del Papa, que le venderán ese derecho a un precio moderado.
35. El que por haber quebrantado un juramento quisiere evitar toda persecución y librarse de toda nota de infamia, pagará al Papa 131 libras, 15 sueldos. Además entregará 3 libras para cada uno de los que le habrán garantizado.
Para la historiografía católica, sin embargo, el papa León X, autor de una muestra de corrupción tan infinita como la que acabamos de leer, pasa por ser el protagonista de «la historia del pontificado más brillante y quizás más peligroso en la historia de la Iglesia» [i].
[i] Cfr. Dacio, J. (1963). Op. cit., p. 155. El libro lleva el imprímase de la Iglesia católica tras pasar su censura.