El llamado milagro peruano ha dejado al margen a la mayoría según economista Waldo Mendoza
La mayoría de la población peruana no disfruta del llamado milagro peruano. El Perú sigue siendo un país con una alta desigualdad. En los últimos 10 años, los sueldos y salarios reales se han mantenido prácticamente constantes. Es necesaria la aplicación de un impuesto a la minería e hidrocarburos por encima de los que pagan todos los sectores, al margen de si existan o no ganancias extraordinarias en el rubro, remarca Waldo Mendoza, Jefe del departamento de Economía de la PUCP.
“La creación de un impuesto específico para las empresas del SMH, similar al que tienen los chilenos, como un porcentaje de la renta imponible, debe contribuir a financiar, junto con la regalía, la inversión en capital físico o humano necesario para reponer el stock capital natural perdido por la explotación de un recurso no renovable como el mineral o el petróleo” sentencia Waldo Mendoza, sabiendo que con ello corre el riesgo de excomunión de parte de los neoliberales adoradores del PILOTO AUTOMÁTICO de la economía.
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Cómo preservar el milagro peruano
Por: Waldo Mendoza Economista*
En la última década, la tasa de crecimiento del producto bruto interno (PBI) en el Perú ha sido el doble de la tasa registrada en América Latina. El PBI en dólares del 2010 es dos veces el PBI del 2005 y 3 veces el PBI del 2000. En ese período, la tasa de pobreza se redujo en 15 puntos porcentuales. Es el “milagro peruano” que hay que preservar.
Pero la mayoría de la población no disfruta de este milagro peruano. Una explicación es que el Perú sigue siendo un país con una alta desigualdad.
La desigualdad medida por el Índice Gini alcanza 0,6, uno de los más altos en el mundo. Asimismo, en los últimos 10 años, mientras el PBI per cápita ha subido en más de 50% en términos reales, los sueldos y salarios reales se han mantenido prácticamente constantes, lo que debe haber hecho saltar hacia arriba las utilidades dentro del ingreso nacional.
¿Cómo reducir la desigualdad?
No hace falta mover una letra de la Constitución ni refundar el país ni disolver el modelo económico en curso. A través de un régimen tributario especial para el sector de minería e hidrocarburos (SMH) y la asignación de estos nuevos recursos privilegiando a las zonas pobres que no están recibiendo los recursos del ‘boom’ minero, puede reducirse la desigualdad.
El carácter no renovable de los recursos del SMH y la propiedad estatal de los mismos, justifican, por sí solos, la aplicación de un impuesto por encima de los que pagan todos los sectores, al margen de si existan o no ganancias extraordinarias en esta industria.
La creación de un impuesto específico para las empresas del SMH, similar al que tienen los chilenos, como un porcentaje de la renta imponible, debe contribuir a financiar, junto con la regalía, la inversión en capital físico o humano necesario para reponer el stock capital natural perdido por la explotación de un recurso no renovable como el mineral o el petróleo.
La competitividad no está en juego. Lo que las empresas pierdan por los mayores tributos lo ganarán por el mejor clima social para sus inversiones. En términos macroeconómicos, con esta política, a la que debe sumarse el ajuste del impuesto predial y al patrimonio, podemos preservar el milagro peruano y, al mismo tiempo, avanzar en la ruta del desarrollo. Esto es, crecer, a tasas altas, con menor pobreza y menor desigualdad.
FE DE ERRATAS
Ofrecemos disculpas a nuestro colaborador Waldo Mendoza –y a nuestros lectores– por haberle atribuido ayer la columna “¿Por qué fracasaría un modelo socialista en el Perú?”, que no era suya sino de Ismael Barrios.
(*) Jefe del departamento de Economía de la PUCP.
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La política impositiva aplicable al sector de minería e hidrocarburos
1/ El presente artículo está basado en el documento «Propuestas para la Política Impositiva Aplicable al Sector de Minería e Hidrocarburos:
Teoría, experiencias y propuesta de política para el Perú», realizado por el autor en el marco del proyecto «Elecciones Perú 2011: Centrando el debate electoral». Puede descargar la versión completa del estudio en http://www.elecciones2011.cies.org.pe
La discusión acerca del sistema impositivo ideal aplicable al Sector Minero y de Hidrocarburos (SMH) resulta siempre polémica. El origen de esta polémica radica en que, en cualquier parte del mundo, una empresa capitalista que desea participar en dicho sector buscará maximizar sus ganancias, lo que significa que al mismo tiempo procurará minimizar lo que debe pagar al Gobierno. Esto se explica por las dos características fundamentales que distinguen al SMH de cualquier otro sector. Primero, está el hecho de que la empresa explota un recurso que no es renovable. Segundo, porque la empresa en cuestión explota un recurso que es de propiedad del Estado. Una tercera característica usual, pero no exclusiva del SMH, es que por la existencia de factores de producción fijos hay renta o ganancias extraordinarias. Por todas las características descritas, se justifica que el tratamiento tributario a dicho sector deba ser diferenciado.
Impuestos, regalías y contratos de estabilidad tributaria en el Perú: un diagnóstico
Los costos fijos son especialmente elevados en el SMH, y tienen la característica de ser “hundidos”, es decir, irrecuperables una vez efectuados. Por eso, en el Perú, como en casi todo el mundo, el SMH tiene beneficios tributarios especiales, discriminatorios. Inicialmente, el Estado brinda beneficios en la fase exploratoria de la actividad minera, donde se realizan las inversiones más fuertes. Luego, teniendo en cuenta que la explotación de estos recursos no renovables disminuye el stock de riqueza total de la economía, el Estado busca compensar esta pérdida mediante un tipo de tributación extraordinaria. La existencia de ganancias extraordinarias facilita la transferencia de ingresos desde el sector privado hacia el sectorpúblico, pero no es condición necesaria ni suficiente para la existencia de esos derechos del Estado. Es decir, aun cuando no haya renta, el Estado debe recibir un pago por ser propietario y para renovar el stock de capital destruido por la explotación de recursos no renovables.
«Aun cuando no haya renta, el Estado debe recibir un pago por ser propietario y para renovar el stock de capital destruido por la explotación de recursos no renovables».
Actualmente, el Impuesto a la Renta de Tercera Categoría que recae sobre el SMH es de 30%, y es el mismo que se aplica a otros sectores de la economía. El IR de segunda categoría que recae sobre la distribución de utilidades es de 4.1%. Por su parte, la Regalía Minera es la contraprestación económica que los titulares de las concesiones mineras pagan al Estado por la explotación de recursos minerales, metálicos y no metálicos. Esta se paga sobre el valor del concentrado o su equivalente, o componente minero, y se aplica por rangos, según las ventas anuales de la empresa. Es destacable el alza del precio de los minerales, que en esta década ha alcanzado niveles considerablemente altos. Según las estadísticas del BCRP, con relación al precio promedio de 2001, el precio del oro, el cobre y la plata se ha multiplicado aproximadamente por cinco. Esto también ha multiplicado los montos recaudados por la SUNAT, en materia de Impuesto a la Renta de Tercera Categoría y regalías.
Ello puede verse en el siguiente cuadro:
A pesar de esta significativa alza, Sinnott, Nash y De La Torre (2010) señalan que los ingresos fiscales provenientes de los recursos naturales, como proporción
de los ingresos totales del gobierno del Perú en el año 2008, que son de alrededor de 15%, están por debajo del promedio latinoamericano de 32%. Aunado a ello, tenemos que las empresas del SMH tienen firmados convenios de estabilidad jurídica (aplicables de manera general a todos los inversionistas privados, incluyendo a los mineros) y los contratos de estabilidad al amparo de la Ley General de Minería, que es solo para el SMH (ver SNMPH 2008). Todos estos convenios, inmodificables y garantizados por más de 10 años por ley, otorgan ciertas garantías a los inversionistas extranjeros y nacionales que pretendan realizar inversiones en cualquier sector. El requisito mínimo para firmar estos convenios es el compromiso a efectuar, como mínimo y en no más de 2 años, inversiones por más de 10 millones de dólares. Sin embargo, diversos factores nos permiten afirmar que hoy, con referencia a los años en los que se firmaron los convenios de estabilidad tributaria, la situación y la coyuntura actual son totalmente distintas, por lo cual el SMH es hoy mucho más atractivo y estable.
«Según las estadísticas del BCRP, con relación al precio promedio de 2001, el precio del oro, el cobre y la plata se ha multiplicado aproximadamente por cinco».
En primer lugar, los volúmenes de exportación minera esperados son ahora mucho más altos que en los años noventa. En segundo lugar, los precios internacionales son hoy un múltiplo de sus niveles de los años noventas o de principios del 2000, cuando se firmaron los principales convenios de estabilidad tributaria.
En tercer lugar, las tasas de interés a las que las empresas del SMH acceden al crédito, local o externo, son hoy muchísimo menores que antes. La estabilidad macroeconómica, nuestro grado de inversión, la afluencia de capitales, de corto y largo plazo, entre otros factores, ha reducido estas tasas a niveles que están entre las más bajas de América Latina.
En cuarto lugar, dado que los bienes de capital para el SMH son importados casi en su totalidad, y como las tasas arancelarias para los bienes de capital se han reducido notablemente hasta convertirse en cero, el valor inicial de las inversiones en el SMH es ahora mucho menor que durante la década anterior. Por último, Sendero Luminoso no es una amenaza y en general se respira un ambiente en donde el riesgo de invertir en la actividad minera es infinitamente menor que en los años noventa. De estas condiciones diferenciadas podemos deducir que los convenios de estabilidad tributaria no pueden ser firmados hoy en las mismas condiciones que en años anteriores, y que la existencia de dichos contratos limita la posibilidad de generar mayores ingresos tributarios.
Por otro lado, cabe añadir que el crecimiento económico ha reducido la pobreza, pero no ha cambiado la desigualdad. El nivel de desigualdad del país, medido por el coeficiente de Gini, sigue siendo, como en los años setenta, uno de los más altos del mundo. Según los últimos cálculos de Figueroa, Yamada y Castro, el Gini se mantiene en alrededor de 0.60. La Ley del Canon2 y el “Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo” (voluntario) contribuyen a agravar aún más la desigualdad generada por el mercado.
En resumen:
i) La naturaleza particular del SMH justifica un tratamiento
tributario discriminatorio. Las normas tributarias a favor del SMH ya existen en el Perú; no así las normas en favor del Estado.
ii) La rentabilidad del SMH ha subido considerablemente
en los últimos años, debido esencialmente a la elevación de los precios internacionales.
iii) En el Perú, la pobreza se ha reducido considerablemente,
no así la desigualdad.
iv) La Ley del Canon está contribuyendo a agravar la desigualdad.
v) Una mayor contribución del SMH al Estado podría ayudar a solucionar, simultáneamente, tanto el problema del déficit de tributación del SMH, como el problema de la inequidad.
2/ Debido a que la distribución del Canon (un 50% del Impuesto a la Renta Minera) privilegia al entorno donde están las minas, la distribución de este recurso a nivel nacional es muy desigual. Según información del Ministerio de Economía y Finanzas, el coeficiente de Gini de la distribución del Canon minero en el año 2009 fue de 0.84.
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Recomendaciones de política
i) En lo inmediato, debe interrumpirse la firma de nuevos convenios de estabilidad tributaria.
ii) Los contratos de estabilidad tributaria son aún necesarios. Sin embargo, el Perú ha avanzado notablemente en el ranking internacional y no puede mantener esquemas de estabilidad que eran apropiados antes, en tiempos de crisis económica
y de terrorismo. En consecuencia, el “precio” que deben pagar las empresas por la garantía de estabilidad tributaria, la sobretasa del IR que se cobra actualmente por la firma de estos convenios, debería ser mucho mayor al actual 3.5%. En Chile, nuestro competidor minero más cercano, las empresas que firman convenios de estabilidad deben pagar una sobretasa del IR de 7%. En consecuencia, en el corto plazo debe promulgarse una Ley que imponga la nueva sobretasa en los contratos de estabilidad al amparo de la Ley General de Minería, similar a la que tienen los chilenos.
iii) Esta sobretasa debe extenderse también para la firma de convenios de estabilidad jurídica.
Inexplicablemente, la ley actual no contempla ninguna sobretasa. La sobretasa de 2% del IR que existía inicialmente fue derogada en el año 2001.
iii) El Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo debe culminar en su plazo establecido y no renovarse.
iv) Se debe crear un impuesto específico que grave a las empresas del SMH, similar al que tienen los chilenos, como un porcentaje de la renta imponible.
La medida se aplica a las empresas que no cuenten con contratos de estabilidad. La tasa a aplicar debería permitir alcanzar un monto de ingresos para el Estado, incluyendo las regalías, que permita financiar:
- La inversión en capital físico o humano necesario para reponer el stock capital natural perdido por la explotación de un recurso no renovable, necesario para mantener intacto el stock de capital agregado de la economía (capital físico, capital humano y capital natural).
- O, alternativamente, un monto que proporcione al Estado un ingreso por el derecho a explotar el recurso, adicional al pago de impuesto común a otros sectores, de un monto similar a la tasa de ganancia normal en el SMH.
- El límite para estas medidas es el de no afectar significativamente nuestra competitividad internacional. Si ese fuera el caso, las medidas deben aplicarse gradualmente, hasta alcanzar el objetivo propuesto, en un plazo predefinido.
v) Mantener el esquema actual de regalías y hacer cumplir el mandato del Tribunal Constitucional para se aplique también a las empresas con convenios de estabilidad tributaria. El esquema actual de regalías, aunque imperfecto, permite que el Estado reciba una compensación, al margen de si la empresa del SMH obtiene o no ganancias.
vi) Crear un esquema específico de distribución de los nuevos recursos en la inversión en capital físico y en inversiones de carácter transitorio en capital humano, en las zonas pobres del país que no se benefician con la bonanza del SMH. Para este propósito, es indispensable contar con un programa preciso de gasto público pro-pobre, progresivo, claramente identificado. Esta política requiere de una Ley que debiera ir atada a la creación
del impuesto específico.
http://cies.org.pe/files/documents/EyS/77/05-W-MENDOZA.pdf
| Tema Central:Aportes para el Gobierno Peruano 2011-2016 Lima, 7 de marzo 2011.- Los 15 documentos de política trabajados en el marco de este proyecto fueron resumidos en sendos artículos publicados hoy en la revista de investigación CIES Economía y Sociedad, 77. El CIES agradece el apoyo de los autores por materializar las propuestas de política aquí resumidas. |
| PRESENTACIÓN La presente edición de Economía y Sociedad resume quince documentos de política sobre temas centrales para el nuevo gobierno peruano 2011 – 2016. El lector interesado puede descargar los textos completos en www.elecciones2011.cies.org.pe. Los quince estudios han sido elaborados en el marco del proyecto “Elecciones Perú 2011: Centrando el Debate Electoral”, una iniciativa del Consorcio de Investigación Económica y Social (CIES), en alianza con el Jurado Nacional de Elecciones, el Acuerdo Nacional, Ciudadanos al Día, el Consejo de la Prensa Peruana, el Departamento de Ciencias Sociales de la Pontificia Universidad Católica del Perú, IDEA Internacional, Transparencia y la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, con el apoyo de más de quince instituciones de la cooperación internacional. | Contenido ¿Cómo pasar de un marco normativo rígido de cumplimiento “flexible” a un marco flexible de cumplimiento obligatorio? Otros temas Opciones de política para afrontar el cambio climático en el Perú | ||
| Javier Portocarrero Maisch | Fiorella Ormeño Incio | ||
