Irán gana demanda contra la estadounidense Cubic
|Pravda Liberation PARIS 1871|Redaccion Paris|
La empresa estadounidense Cubic será obligada a pagar una indemnización de 2,8 millones de dólares a la República Islámica de Irán por incumplimiento de contrato.
El acuerdo fue suspendido tras la Revolución Islámica (1979) y ambas partes llegaron a un acuerdo para rescindir el contrato, resolviendo los problemas financieros más adelante.
Más tarde, la Cubic vendió el sistema a Canadá en 1981 y el Ministerio de Defensa iraní, pidió a la compañía que reembolsara la cotización respectiva, pero la empresa se negó a realizar el pago basándose en las decisiones del entonces presidente de EE.UU., Jimmy Carter, quien había prohibido realizar operaciones de intercambio financiero y comercial con el país persa.
En 1991, el Ministerio de Defensa de Irán presentó una solicitud ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (ICC, por sus siglas en inglés), en Suiza, donde la Corte falló estableciendo un resarcimiento pecuniario de 2,8 millones de dólares , además de la adjudicación de interés a favor del Ministerio de Defensa de Irán al finalizar sus actuaciones en mayo de 1997; asimismo la ICC dictó a la Cubic para que reintegrara 60.000 dólares por los costos del arbitraje, al país persa.
Tras la emisión de la sentencia, Cubic, anunció que el pago del dinero a Irán no sería posible debido a las sanciones impuestas por EE.UU.; por lo que Irán apeló ante la Corte Federal de Apelaciones del Noveno Circuito en Pasadena, donde los jueces, por fin, dictaron que la compañía deberá pagar al gobierno iraní, a pesar a las sanciones unilaterales que impone Estados Unidos contra Irán.
